Fotografía/Internet
Por: Clanci Rosa
El presidente Nayib Bukele dijo ayer en conferencia de prensa que demandaría ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la Asamblea Legislativa y la Sala de lo Constitucional por violar el derecho a la vida y salud de la población salvadoreña. Ante dichas declaraciones, expertos y expertas han dicho que no es posible, debido a que el Estado no puede acudir a la CIDH para que revise decisiones de otro poder del Estado. Así lo señaló José Miguel Vivanco, director de la división América de Human Rights Watch.
.@nayibbukele su demanda es inadmisible por ser un disparate. Un poder del Estado no puede acudir al sistema para que la CIDH revise decisiones de otro poder del Estado. El ejercicio de controles entre los órganos estatales no solo no viola derechos humanos sino que los protege. https://t.co/cKrIRBPSZf
— José Miguel Vivanco (@JMVivancoHRW) May 21, 2020
El exprocurador de Derechos Humanos, David Morales, también se pronunció al respecto: “El presidente Bukele tendrá oportunidad de exponer su posición a la CIDH cuando ésta llame a su gobierno a una audiencia por los cientos de detenciones arbitrarias, los contagios forzados en los centros, los atentados a la democracia, la tortura colectiva en cárceles, etc.” Manifestó en su cuenta de Twitter.
En el mismo sentido, Nayda Medrano, defensora de Derechos Humanos y consultora de políticas públicas dijo que más bien cualquier ciudadano o ciudadana salvadoreña puede sentirse vulnerado en sus derechos por la falta de coordinación entre dos órganos de Estado y la inminente inseguridad jurídica. He ahí donde se puede activar el Sistema Americano.
¿ Qué es la CIDH y cómo funciona?
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano principal y autónomo de la OEA creado en 1959, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA. La función de la Comisión es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en las Américas, ejerce esta función a través de la realización de visitas a los países, actividades o iniciativas temáticas, la preparación de informes sobre la situación de derechos humanos en un país o sobre una temática particular, la adopción de medidas cautelares o solicitud de medidas provisionales a la Corte IDH, y el procesamiento y análisis de peticiones individuales con el objetivo de determinar la responsabilidad internacional de los Estados por violaciones a los derechos humanos y emitir las recomendaciones que considere necesarias.
¿Quién puede presentar una denuncia ante la Comisión?
Cualquier persona -grupo de personas u organización- por sí misma o en representación de otra, puede presentar una petición para denunciar una violación a los derechos humanos en contra de uno o más Estados de la OEA, así lo establece la CIDH.
¿Contra quién puedo presentar una petición por violación de derechos humanos?
La denuncia debe ser presentada contra uno o más Estados miembros de la OEA que se considere han violado los derechos humanos contenidos en la Declaración Americana, la Convención Americana y otros tratados interamericanos de derechos humanos. El Estado puede llegar a ser responsable de violar los derechos humanos por:
• Acción (como consecuencia de un hacer o actuar del Estado o sus agentes),
• Aquiescencia (como consecuencia del consentimiento tácito del Estado o sus agentes), u
• Omisión (como resultado que el Estado o sus agentes no actúe/n cuando debía/n
hacerlo).
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