María Teresa y su dura travesía hacia la libertad

Arte e ilustración/ Fátima Cruz y Krissia Girón

Esta publicación reconstruye en orden cronológico todas las figuras legales que la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto litigó durante tres años para lograr que María Teresa recuperara su libertad. Ella es la primera mujer en recibir asilo en el extranjero por persecución por aborto, es también la primera en recibir la condena más alta a una mujer acusada de aborto y luego de homicidio agravado: 40 años de cárcel.

Por Krissia Girón

Edición: Metzi Rosales Martel

Mejicanos, 2011. María Teresa madruga todas las mañanas para ir a la maquila. Es bachiller. Tiene 27 años y es madre soltera de un niño de 6, quien está por graduarse de parvularia. Su vida no ha sido fácil: su madre migró cuando tenía 5 años. Creció con sus abuelos maternos y tías. Durante toda su infancia trabajó para proveer el sustento a su familia. A los 8 años, unos vecinos la violaron. Fue a parar a un orfanato porque su familia la culpabilizó por esto. 

En su vida adulta, logra independizarse. Empieza a trabajar en una maquila. A los 22 años, conoce a su primera pareja, padre de su primer hijo. Durante el embarazo, él comienza a golpearla. En un inicio, decide quedarse porque no quería que su hijo creciera sin un padre, como ella. Más adelante, opta por separarse para detener la violencia contra ella. Años después inicia una nueva relación, de la cual queda embarazada, pero no se entera hasta ese fatídico 24 de noviembre de 2011.

Para esa fecha, María Teresa vivía con su suegra. Ese año, había estado muy pendiente de la salud de su hijo. Para llevarlo a pasar consulta y para atenderlo, pedía permisos al área de Recursos Humanos de la maquila donde trabajaba. El 24 de noviembre, a las tres de la mañana, sintió un fuerte dolor de estómago y la sensación de ir al baño. Sangrando, se dirigió a la letrina y sintió que «algo» sale de ella. Pidió auxilio a su suegra y se desmayó.

Su suegra llamó a la Cruz Roja y a la policía para poder trasladarla al Hospital Primero de Mayo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, donde ingresó con un shock hipovolémico, causado por una fuerte hemorragia. Ahí, una de las doctoras, le preguntó si está embarazada. María Teresa respondió que no porque había visto su menstruación todos los meses. «¿Cómo podría pasar?», se preguntó. Sin embargo, la médica encontró la placenta y parte del cordón umbilical del bebé. Al enterarse, una de las enfermeras avisó a la policía de un caso de sospecha de aborto.

El aborto es considerado un delito en El Salvador desde 1998, con penas de 2 a 8 años;  incluso para salvar la vida del cuerpo gestante. Las tres causales en que no eran punibles fueron eliminadas en esa reforma. Además, se incorporó el delito de inducción al aborto, con penas de 2 a 5 años. Un año después, en 1999, se reformó la Constitución dándole al embrión y al feto el estatus de persona. «Desde el instante de la concepción».

Del hospital a la cárcel

Al despertar de su estado de inconsciencia y en cuestión de horas, María Teresa pasó del hospital a la cárcel. Mientras era atendida por su estado de salud, fue esposada a la camilla, al mismo tiempo que policías y bomberos buscaban en casa de su suegra al producto de su vientre. 

-¿A dónde está el niño?

-¿Cuál niño?

-Usted tuvo un niño, ¿adónde lo tuvo?

-Yo solo tuve ganas de ir al baño, sentí que algo me bajó. 

En la letrina, donde horas antes María Teresa se había desmayado, encontraron al niño. Tanto la policía, como la fiscalía y quienes la atendieron en ese momento, asumieron que ella había abortado y había lanzado el cuerpo a la fosa séptica, sin ninguna prueba o testimonio que corroborara esto.

María Teresa explicó, las veces necesarias, que desconocía que estaba embarazada. Lo repitió desde el momento de la detención, durante su proceso judicial y ahora que está en libertad. Durante esos nueve meses, no tuvo algún síntoma que le hiciera pensar que lo estaba. Menstruó mes a mes y su vientre nunca creció. 

En ese periodo de tiempo, asistió seguido al hospital porque los médicos sospechaban que tenía una infección en los riñones. Pese a esto, ni en la policía, el hospital, ni en el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador le creyeron.

A las dos de la tarde del 25 de noviembre, fue trasladada a bartolinas aún con hemorragia, mareos y fiebre, a causa de su emergencia de salud relacionada con el parto. Como “castigo”, por el delito que creyeron había cometido, no le dieron comida ni los medicamentos recetados para el dolor. Los policías le decían: ‘Te vamos a matar como mataste a tu hijo’. 

Sin presunción de inocencia

El 27 de julio de 2012 se realizó la vista pública. Durante el juicio, el Juez del Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador estableció que el solo hecho de ser madre, su edad y haber finalizado, incluso en condiciones precarias, sus estudios de bachillerato técnico, eran condiciones adecuadas para “saber” que estaba embarazada y ponerse en control prenatal. El juez afirmó que ella se dirigió a la fosa séptica con alevosía y con intención de asesinar. Esto pese a que ella se encontraba sangrando e inconsciente. 

Extracto del expediente juidical de María Teresa. Arte/ Fátima Cruz

María Teresa recordó que, durante su primer embarazo, tuvo todos los síntomas: náuseas, vómitos, ausencia de la menstruación, mareos, entre otros. Su estómago creció y sentía al bebé moverse. Las únicas similitudes entre su primer y segundo parto fueron los retortijones y dolores, así como deseos de ir al baño.

El juez desestimó esta explicación. Pero sí valoró la declaración de la encargada de Recursos Humanos de la maquila. Ésta aseguró que 11 meses antes del 24 de noviembre, María Teresa pidió permiso para ausentarse por “sospechar que estaba embarazada”. Pese a esta incongruencia entre el periodo de preñez y el de la autorización de ausencia laboral, el juez consideró que era “más creíble” lo expresado por la trabajadora que por María Teresa. Asimismo, tomó en cuenta las declaraciones de la médica del Hospital Primero de Mayo, quien afirmó que ella había tenido un parto natural, por lo que descartó el delito de aborto y lo cambió a homicidio agravado. 

“Nos encontramos en presencia de una alevosía, ya que la acusada, provocó ese homicidio en un menorcito, que no tenía la capacidad de defenderse de esa agresión, con un resultado ya esperado, debido a que, al ser lanzado dentro de una fosa séptica donde hay excremento, sin poder moverse la víctima, la consecuencia de esa asfixia perinatal, era evidente”, afirma el juez en el acta de sentencia.

El juez agregó que, ante el hecho de que María Teresa, según él, no ignoraba su estado de embarazo, “tenía la obligación de cuidar y proteger a ese menorcito que estaba en su vientre, y en ese sentido, el hecho de haberse apersonado a la fosa séptica, lo hizo con intención de expulsarlo violentamente”. En esta interpretación, el juez omitió que ella había perdido mucha sangre, estaba con mucho dolor y luego quedó inconsciente. 

Extracto del expediente juidical de María Teresa. Arte/ Fátima Cruz

Nada a su favor fue tomado en cuenta y la sentencia se dio en cuestión de 10 minutos.

María Teresa Rivera no solamente es la primera mujer en recibir asilo en el extranjero por persecución por aborto, es también la primera en recibir la condena más alta a una mujer acusada de aborto y luego de homicidio agravado: 40 años de cárcel.

Los pasos hacia la libertad

La fundación de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, en el 2009 marcó un precedente en la lucha por liberar a mujeres condenadas por haber experimentado problemas de salud durante el embarazo, y en casos como el de María Teresa condenada por un parto extrahospitalario que derivó en una emergencia obstétrica. Una condena que tiene su raíz en la penalización absoluta del aborto.

Entre 2009 y 2013, lograron la libertad de tres mujeres por medio de la revisión de sentencia, realizaron intercambios con otras organizaciones a nivel internacional para fortalecer los procesos de liberación de estas mujeres y publicaron la investigación “Del hospital a la cárcel”, que después de tres ediciones ha permitido descubrir 181 casos de mujeres condenadas luego de haber sufrido problemas durante el parto.

La Agrupación conoció del caso de María Teresa por otra organización defensora de Derechos Humanos: el Servicio Social Pasionista. “El padre Toño (Antonio Rodríguez) que en aquel momento era el director del SSPAS, tenía a cargo una iglesia en Mejicanos y María Teresa acudía al lugar. Al ausentarse, él conoce el caso, logra conseguir el expediente y nos lo trae a la oficina, Cuando nosotras conocimos el caso, ya estaba condenada”, reconstruye Angélica Rivas, abogada colaboradora de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.

“Si hay algo que destaco de María Teresa, en relación con otros casos, es su fuerza. Ella estaba clara de que era inocente. Comprendió muy poco del proceso penal como tal, porque era injusto, obviamente nadie comprende cómo es que la condenaron, pero estaba clara de su inocencia y con una fuerza muy profunda, una mujer con un gran liderazgo y que defiende su verdad, su libertad y su inocencia desde principio a fin. Además, dentro de la cárcel se hizo de mucho liderazgo con otras mujeres de otros casos, aunque no estuvo tanto tiempo. Pese a estar en una situación carcelaria difícil, tiene muchas ganas de luchar por su inocencia”, agrega Rivas. 

Sara García, coordinadora de incidencia política y alianzas de la Agrupación Ciudadana, afirma que la condena de 40 años fue algo doloroso para María Teresa. “Una de las cosas que ella planteaba es que, cuando saliera, su hijo va a tener 46 años. Esa es una de las cosas bastante dolorosas del proceso. Nosotras justo planteamos que básicamente era una pena de muerte para ella”, comentó.

Para ese tiempo, las abogadas y abogados de la Agrupación ya conocían el patrón que llevaba a las mujeres a ser criminalizadas por aborto: “Una mujer en condición de pobreza, que tuvo una emergencia obstétrica, que no tuvo asistencia médica, tampoco le permitían tener la mejor asistencia. Entonces, reunía todas estas características”, explica Rivas, quien agrega que su excesiva condena fue lo que más llamó su atención.

“Como no teníamos el expediente completo, lo que hicimos fue buscarla en la cárcel, conversar con ella, le pedimos que nos otorgara un poder para iniciar los trámites legales de buscar alternativas. Lo que decidimos con su caso fue la revisión de sentencia. Se interpuso un recurso de revisión que se presentó ante el mismo juez que llevó la causa inicial donde la condenaron y se le presentaron nuevas pruebas. Se le dijo «‘usted conoció este caso, pero desafortunadamente usted no conoció estos otros elementos probatorios que venimos a poner en su consideración, para que reabra el caso y se vuelva a montar la audiencia’, si el recurso es aceptado”, describe Rivas. 

El primer paso en el camino jurídico hacia la libertad de María Teresa fue un recurso de apelación, presentado por la defensa el 28 de septiembre de 2012. En este se solicitaba a la Cámara Tercera de lo Penal cambiar el delito de homicidio agravado a homicidio culposo. Sin embargo, la Cámara confirmó la sentencia de 40 años, validando las pruebas que llevaron a esta condena.

15 meses después, el 10 de diciembre de 2013, se presentó un recurso de revisión de sentencia. Este fue rechazado por el juez el 6 de enero de 2014. Ocho días después, el 14 de enero de 2014, la Agrupación presentó un nuevo recurso de revocatoria que, de nuevo, el juez declaró sin lugar seis días después.

Ese mismo año, también se presentó una solicitud de indulto para María Teresa, el 1 de abril, ante la Asamblea Legislativa, que también fue rechazado. Además, se presentó un habeas corpus a favor de ella. Este fue admitido por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el 27 de febrero de ese año.

Fuente: Elaboración propia. Arte/ Fátima Cruz

Meses después de ir y venir entre recursos de revisión, revocatorias, rechazos y falta de respuesta del juez, uno de los abogados de María Teresa, Victor Hugo Mata, presentó ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema un habeas corpus argumentando que se violentó el principio de legalidad, el derecho de tutela judicial efectiva y el derecho de defensa y audiencia de María Teresa. 

Todas estas estrategias jurídicas contaron con el acompañamiento feminista y la solidaridad internacional, así lo cuenta Sara García. “Fue una lucha feminista, jurídica, de acompañamiento en las calles, de acompañamiento psicosocial, una lucha a diferentes niveles y esto es lo que logra la libertad de María Teresa”.

“Fue muy crítico ese proceso. Generó mucha indignación, se acompañó jurídicamente y se interpuso la revisión de sentencia, pero aparte de esto se realizaron plantones afuera del juzgado,  se realizaron también llamados de solidaridad a nivel de Centroamérica y a nivel de toda la región, hubo diferentes organizaciones que llamaron a hacer acciones frente a la embajada de El Salvador en otros países, a enviar cartas y creo que toda esta solidaridad que se generó afuera del juzgado, afuera del (Centro Judicial) Isidro Menéndez y afuera de embajadas en diferentes países, también es lo que al final posibilitó su libertad”, detalló García. 

En febrero de 2015, la Sala de lo Constitucional resolvió hacer lugar al habeas corpus por haberse inobservado el principio de legalidad y vulnerado el derecho a recurrir, con incidencia en la libertad física de María Teresa. Y dictaminó que el proceso volviera al estado procesal en que se encontraba antes de llevarse a cabo esta actuación. No obstante, el camino judicial para María Teresa siguió en condiciones tortuosas, debido a que tanto el juez de sentencia, como la Cámara, se negaron al pedido de recusación de la defensa. Ante esto, la defensa de María Teresa interpuso una revocatoria ante la Cámara, quien negó este recurso. El abogado volvió a apelar y logró finalmente la recusación del juez de primera instancia.

En su resolución de noviembre del 2015, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos señaló que no se garantizaron los derechos a la igualdad y no discriminación, así como, al debido proceso judicial de María Teresa Rivera. La Procuraduría constató que el principio de presunción de inocencia fue quebrantado y que la participación de María Teresa no pudo ser demostrada.

“Si yo pude con un hijo sola, iba a poder con dos. Yo no lo maté”

Para la audiencia de revisión de sentencia, se llamó al perito del Instituto de Medicina Legal, quien realizó la autopsia al bebé de María Teresa en el 2011, mismo que no llegó a la audiencia de sentencia, cuando la condenaron a 40 años. Mientras, el principal argumento de la fiscalía era que ella escondió el embarazo y dejó de asistir a controles prenatales porque tenía la intención de asesinar al producto de su vientre, el perito de Medicina Legal expresó que la muerte del bebé podría ser natural.

Extracto del expediente juidical de María Teresa. Arte/ Fátima Cruz

El análisis forense carece de una prueba científica que permita confirmar que María Teresa realizó acción alguna para asesinar al bebé.

La defensa también llamó a peritos de otros países para brindar su análisis del caso en la audiencia. El forense guatemalteco, José Mario Nájera, afirmó que era difícil establecer si el bebé nació vivo y fue lanzado a la fosa séptica. Además, agregó que los forenses salvadoreños deben mejorar sus mecanismos y métodos de investigación de casos como este.

La fiscalía insistió en que María Teresa había asesinado con alevosía a su hijo, bajo el argumento, entre otros, de que no había preguntado por su bebé, incluyendo los reproches del personal de salud basados en la “falta de instinto maternal”. Ante esto, María Teresa, en una breve intervención, afirmó que sí preguntó por su bebé, sin embargo, no lo escribieron en el acta. “Si yo pude con un hijo sola, iba a poder con dos, yo no lo maté”, aclaró.

El acta de la audiencia de revisión de sentencia de María Teresa indica que no se cuenta con evidencia suficiente “de que el producto haya nacido con vida, entre otras peculiaridades que denotan falta de agresiones violentas en su contra, así como un adecuado establecimiento de la viabilidad del producto en cuestión”. Esto último se basó, entre otras cosas, en que la autopsia del bebé se realizó 5 días después de su fallecimiento, lo que “provocaría la presencia de gases en el tejido pulmonar por inicio del proceso de putrefacción, lo cual, según detalla, hace que pierda valor la prueba de docimasia hidrostática, una prueba que únicamente verifica si los pulmones han recibido aire. Una prueba desacreditada porque da falsos positivos.

Un artículo escrito por la médica forense Karina Maribel Gudiel de Veras, de Tanatología Forense Metropolitana del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala, y publicado por la Revista Científica Diálogo Forense en el 2020, describe los factores que influyen en la interpretación de la docimasia hidrostática pulmonar: «En la literatura médico legal existen factores que pueden influir en la interpretación errónea de la docimasia hidrostática pulmonar como prueba de vida extrauterina en cadáveres de recién nacidos. Por tal razón, el médico forense debe tomar en consideración las circunstancias ante mortem y post mortem para realizar la debida interpretación».

Gudiel de Veras explica que, de acuerdo a la literatura revisada, «la prueba de docimasia hidrostática pulmonar dará resultados falsos-negativos, aunque el recién nacido haya respirado, cuando el pulmón sea expuesto a los siguientes factores: periodo apneico antes del primer llanto, altas temperaturas o combustión, atelectasias, procesos neumónicos, edema o tumores, fijación en alcohol o permanencia por largo tiempo en agua; ya que estos tenderán a aumentar la densidad del tejido pulmonar y provocarán que este no flote. Mientras que serán falsos-positivos, aunque el recién nacido no haya respirado, cuando el pulmón sea sometido a bajas temperaturas como: congelamiento, estados de la putrefacción, respiración artificial e inspiración de unto sebáceo, ya que estos tenderán a disminuir la densidad del tejido pulmonar y este flotará; siendo estos los factores más comúnmente descritos de interpretación errónea».

Luego de esta cadena interminable de actos procesales, y tras cuatro años en prisión, el 30 de mayo del 2016, María Teresa recuperó su libertad al ser absuelta por el juez Martín Rogel Zepeda. Él consideró que la sentencia debía anularse, gracias a la información recibida y los elementos dados por los peritos. “No solamente debe anularse la sentencia y absolver a María Teresa, sino también debe reconocerse por parte del Estado los daños y perjuicios que ha sufrido esta señora al haber sido condenada”, expresó el juez.

“Esta sentencia debe anularse”, fueron las palabras que resonaron en la mente de María Teresa y que le provocaron júbilo al saberse libre.

Arte: Fátima Cruz

Cuando la libertad no es suficiente

Las estrategias jurídicas, las pruebas, los análisis de los peritos nacionales e internacionales, la solidaridad internacional y el mismo testimonio de María Teresa sobre lo vivido ese fatídico 24 de noviembre de 2011, no fueron suficientes para la Fiscalía General de la República, quien apeló a la decisión del juez Martín Rogel Zepeda, de absolverla de la pena de 40 años de cárcel.

Para Angélica Rivas, su inocencia estaba más que probada y era evidente ante las pruebas presentadas. “Una vez se logró una sentencia absolutoria en el proceso de revisión, la fiscalía apeló y eso la puso a ella en una situación de inseguridad jurídica porque nosotras conocemos nuestros criterios, pero no los criterios de la Cámara, no le podíamos garantizar si la Cámara va a reafirmar su inocencia o le va a dar lugar a este recurso de la fiscalía”. 

Lamentablemente, ni María Teresa ni las organizaciones podían saber lo que aprobaría la Cámara respecto al caso. La posibilidad de volver a prisión era latente. “En nuestro entender del deber ser en Derecho, la Cámara debía hacer lo que efectivamente hizo después, que es reafirmar su inocencia. Pero, al no saberlo, la puso a ella en un limbo muy fuerte que la obligó a migrar, porque si esa apelación daba lugar a la parte fiscal, entonces ella nuevamente sería condenada y privada de libertad.

Eso demuestra que vivimos en un sistema donde hay una fuerte criminalización contra las mujeres, es decir, la fiscalía estaba clara de su inocencia, nosotras lo demostramos con altas credenciales y por eso el juez dictó una sentencia absolutoria, pero la fiscalía se opuso. Este es el Estado salvadoreño para las mujeres pobres, criminalizándolas doblemente”, explica Angélica Rivas.

Esta situación de inseguridad jurídica tiene como base los estereotipos de género con los que actúan las instituciones, afirma Sara García. “En este país, lastimosamente, nos enfrentamos a una fiscalía que tiene sesgos y prejuicios de género y que, con base a este prejuicio del mandato de la maternidad, activó todo un proceso para apelar a la sentencia que le daba la libertad. Era demasiado doloroso para ella, para todas, pensar que debía regresar a la cárcel”.

Las representantes de la Agrupación coinciden en que esta forma de persecución es un modus operandi por parte de la FGR, lo cual ocurre con todas las mujeres que han tenido emergencias de salud durante el parto y son acusadas de aborto. Aseguran que son culpables incluso cuando existen pruebas contundentes y científicas que demuestran lo contrario: su inocencia. Esta situación se ha observado, independientemente de quién esté en el cargo de Fiscal General. “Esto no lo ves en otros países, esto es bien de El Salvador, es parte del pacto patriarcal de no creerle a las mujeres”, agrega Rivas.

Ya en libertad, en diferentes entrevistas a medios de comunicación, María Teresa recordaba cómo la cárcel había sido un infierno. Sentía que lo había perdido todo: sin agua, con comida escasa, en hacinamiento y, además, la presión, discriminación y violencia de otras mujeres que la veían como una asesina de bebés. Estas hostilidades eran más llevaderas junto a otras compañeras que fueron condenadas por el mismo delito y a quienes conoció en la cárcel.

Sin embargo, el estigma pasaría de la cárcel a las calles. La sociedad la recibió con insultos, malos tratos, negativas a solicitudes de trabajo, entre otros ataques. Recuperó su libertad, pero los estereotipos y prejuicios con que los medios de comunicación informaron sobre su caso la perseguían, al igual que la Fiscalía.

En este punto, consideró que sus opciones eran dos: correr el riesgo de que, tras la apelación, la Cámara volviera a condenarla y enviarla a la cárcel, o migrar. Escogió la segunda.

La primera mujer asilada por persecución fiscal

María Teresa fue invitada a un seminario en Suecia. Durante ese viaje fue entrevistada por las autoridades pertinentes para iniciar el proceso de asilo. Este fue aprobado en el 2017. Por primera vez, un país del mundo otorgaba asilo a una mujer por sufrir persecución política y jurídica en El Salvador, debido al delito de aborto. Para las organizaciones que la acompañaron, esta decisión ha marcado un precedente histórico.

Sara García acompañó a María Teresa durante todo el proceso de solicitud de asilo. También se quedó con ella y el hijo durante la primera semana en Suecia. Para garantizar, de alguna manera, que pudiera incorporarse a un país cuyas costumbres son diametralmente opuestas a las salvadoreñas. 

Para María Teresa, en palabras de García, todo este proceso fue duro: desde la cárcel, la lucha por recuperar su libertad y solicitar asilo. “Enfrentarse a una nueva cultura, a un nuevo idioma, es todo un proceso de adaptarse y de poder reconectar con otras personas, con otras realidades, después de haber pasado momentos muy difíciles y dolorosos”.

Salir del país en esas condiciones es una dura travesía, explica García: “A ella y a su hijo les tocó empezar una nueva vida. Todas las personas que estuvieron involucradas en el proceso hicieron el camino más llevadero, pero en una situación siempre violatoria, porque tener que irse en esas condiciones y sin la posibilidad de regresar, indica la gravedad que vivimos en el país, en donde las mujeres o se enfrentan a la criminalización, a la muerte o al exilio”. 

Desde que María Teresa recuperó su libertad, ha alzado su voz por las demás mujeres condenadas por haber experimentado una emergencia de salud durante el embarazo y el parto. Su activismo la ha llevado a recibir reconocimientos internacionales. En el 2018, recibió el premio IM por su destacado trabajo a favor de los derechos de las mujeres en El Salvador. El premio IM, en memoria de Britta Holmström, se otorga desde 1988 a alguien que hace contribuciones importantes a sus semejantes, en Suecia o a nivel internacional.

A seis años de que María Teresa recobrara su libertad y a cinco desde que fuera asilada en Suecia, la Agrupación Ciudadana lleva litigando más casos de mujeres privadas de libertad por aborto y luego por homicidio agravado, luego de haber tenido emergencias obstétricas. Las estrategias jurídicas, el fortalecimiento técnico pero, sobre todo, la resistencia y el acompañamiento feminista de diferentes organizaciones, ha logrado la libertad de otras 63 mujeres, además de María Teresa.

Recientemente, Maritza y Glenda, otras mujeres condenadas a 30 años de prisión luego de una emergencia de salud durante su embarazo, recuperaron su libertad. La primera estuvo 13 años y cinco meses en prisión, la segunda 9 años y cinco meses. 

Para esta crónica, Revista La Brújula intentó comunicarse con María Teresa, pero esto no fue posible.

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“Esta publicación ha sido elaborada con el apoyo financiero de la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva de Revista La Brújula y no necesariamente refleja los puntos de vista de la Unión Europea”.

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