Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género solicita acatar la sentencia de la Sala de lo Constitucional

Foto: La Brújula/Eugenia Olán

La Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género en El Salvador se pronunció sobre la resolución emitida el pasado 22 de febrero por la Sala de lo Constitucional que ordena a la Asamblea Legislativa reformar la Ley del Nombre de la Persona Natural.

La sentencia declaró inconstitucional, por omisión parcial, el artículo 23 inciso 2 de la Ley del Nombre de la Persona Natural (LNPN): “cambio del nombre propio o del apellido, por una sola vez, cuando fuere equívoco respecto del sexo, impropio de persona, lesivo a la dignidad humana, extranjero que se quisiera castellanizar o sustituir por uno de uso común”. En este sentido, existe un trato discriminatorio no justificado por razones de género y orientación sexual.

Debido que en el artículo 23 de LNPN no se preveén las condiciones que deben reunir las personas que deseen cambiar su nombre para ser compatibles con la identidad y expresión de género se vulnera también lo citado en el artículo 3 de la Constitución de la República:

“Art. 3.- Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión”. 

La Mesa Permanente considera que es un avance para las personas transgénero en El Salvador. Sin embargo, la sentencia no se refiere a los demás elementos constituyentes del derecho a la identidad.

Ante esto exigen a la Asamblea Legislativa que acate la sentencia de la Sala de lo Constitucional y que emita una ley para el cambio del nombre, adecuacion de la imagen y rectificacion de la referencia del sexo y género en los documentos de identidad bajo los estándares internacionales de derechos humanos. 

Las organizaciones demandan que los procedimientos del cambio de nombre y sexo esten enfocados en adecuación integral de la identidad de género autopercibida y además basados en el consentimiento libre e informado de la persona solicitante sin exigir requisitos irrazonables o patologizantes. 

Asimismo, exigen la confiabilidad de los Registros de los Estados Familiares de las alcaldías así como en los documentos de identidad no deben reflejar cambios. También que sean expeditos y en la medida de lo posible atender a la gratuidad y no exigir acreditación de operaciones quirúrgicas u hormonales.

La Mesa Permanente realiza un trabajo constante para las defensa de los derechos humanos de la población transgénero y busca un espacio de diálogo con la Asamblea Legislativa para que aprueben una ley que responda sus necesidades.