Tercera entrega
El Salvador es el primer país juzgado y condenado, a nivel interamericano, por criminalizar a mujeres que han experimentado emergencias obstétricas. Para noviembre, el Estado debe presentar ante la Corte IDH el informe de ejecución de la sentencia del caso Manuela y otros vs. El Salvador.
Esta publicación narra, en orden cronológico, el recorrido que la familia de Manuela, la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, el Centro de Derechos Reproductivos, con el acompañamiento de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, realizaron desde el 2012 para que el Estado salvadoreño fuera condenado y repare la violación a los derechos humanos de esta mujer, sus dos hijos, su madre y su padre.
Por Fátima Cruz
Edición: Metzi Rosales Martel
Verificación de datos: Jorge Menjívar
“A Manuela la buscamos, pero cuando la encontramos nos dijeron que ya estaba fallecida”: Angélica Rivas, abogada colaboradora de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.
Hace 11 años, la Agrupación ubicó el expediente de Manuela, una mujer condenada a 30 años por homicidio agravado, luego de experimentar un parto extrahospitalario que derivó en una emergencia obstétrica. Para ese 2011, esta organización ya había logrado que Karina y Zuleyma recuperaran su libertad. Y ese mismo 2011, evitaron que Blanca fuera condenada por homicidio agravado. Pero Elsy R. sería condenada a 30 años y recuperaría su libertad hasta el 2022, vía recurso de apelación. Es decir, estaría 11 años en cárcel.
La Agrupación había iniciado, en el 2009, un periplo por los juzgados para comprender cuál era la relación entre la penalización absoluta del aborto y las condenas por homicidio agravado a mujeres que experimentaron emergencias obstétricas. Así surgió la primera edición de la investigación del Hospital a la cárcel. Y así fue como identificaron la historia de Manuela, sin saber que 11 años después de su muerte, su caso permitiría sentar un precedente legal para que ninguna mujer en El Salvador ni en América Latina sea criminalizada por experimentar una emergencia obstétrica.
Manuela falleció en el 2010, un año antes de que conocieran su caso. Murió por cáncer linfático, en el pabellón de reos del Hospital Nacional Rosales. A finales de ese mismo 2011, año en que la Agrupación conoció su historia, otra mujer, María Teresa, sería criminalizada también por experimentar una emergencia obstétrica y ocho meses después se convertiría en la primera mujer en ser condenada a 40 años de cárcel. El mismo año en que María Teresa fue sentenciada, 2012, Ana y Jacqueline fueron condenadas a 30 y 15 años, respectivamente, por homicidio agravado. Las tres bajo las mismas circunstancias y los mismos argumentos cargados de estereotipos y roles de género. Sin pruebas científicas que comprobaran el cometimiento de un delito.
En la sentencia condenatoria de Manuela, la Agrupación identificó dos aspectos: el caso era reciente en ese entonces y la condena se basaba en conjeturas. Los argumentos acusatorios y condenatorios guardaban relación con estereotipos y roles de género. La investigación del caso no buscaba comprender las circunstancias en qué ocurrió el parto ni la emergencia obstétrica. Ni que Manuela, cuando salió embarazada, tenía cáncer. En este sentido, existía la posibilidad de presentar un recurso de revisión del caso, explica Angélica Rivas, abogada colaboradora de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.
Así comenzó el camino para localizar a Manuela. Querían explicarle que esa sentencia podía ser apelada. La buscaron en el Centro Penitenciario de San Miguel, ya que su expediente era de la zona oriental del país y existía un pabellón para mujeres. No estaba. La buscaron en Cárcel de Mujeres, en Ilopango. Tampoco la ubicaron. Entonces, se preguntaron por qué no se encontraba en ninguno de los dos recintos penitenciarios donde se internaban a las mujeres condenadas. Esa interrogante la escalaron hasta enterarse de que la salud de la mujer, de 33 años, se había quebrantado. Por esa razón, la habían trasladado al Hospital Rosales, al pabellón de reos, donde murió, recuerda Morena Herrera, integrante de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local y presidenta de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto:
- Sí, ella estuvo aquí, en el pabellón de reos. Pero, ella ya murió.
- ¿Cómo que ya murió?
- Sí. Fue hace poco.
Cuando Manuela falleció era madre soltera de dos niños, quienes a esta fecha son unos jóvenes de 22 y 20 años. El padre de ellos migró y, en la práctica, les desatendió.
Para poder comprender a mayor profundidad el caso de Manuela y su deceso, dos médicos les ofrecieron apoyo para reconstruir la ruta médica de Manuela. Esto a su vez les permitiría identificar qué hacer a nivel legal para demostrar la inocencia de Manuela. “Esta historia es desgarradora y es imposible no conmoverse. Fue entender una injusticia y entender una violación sistemática de varios derechos. A partir de ese momento, comenzamos a ver la posibilidad de construir un litigio por el derecho a la verdad y justicia para su mamá, papá e hijos, porque merecían saber que Manuela fue víctima de una violencia estatal”, explica Rivas. Para iniciar el proceso de representación legal del caso, contactaron a la familia de Manuela.
Voz: Angélica Rivas, abogada Colectiva Feminista para el Desarrollo Local y colaboradora de Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto. Entrevista por: Fátima Cruz. Ilustración: Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto/ Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.
Cuando el derecho a la salud es un privilegio
Manuela y su familia son originarios de uno de los departamentos más pobres del país. En el 2008, cuando Manuela fue condenada, Morazán presentaba los índices y tasas más altas de analfabetismo (26.7 %), desempleo (9.5 %) y escolaridad más baja (4.2 años). La pobreza rural se encontraba en el 49.0 %. Esto de acuerdo con la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM), realizada por la Dirección General de Estadística y Censos (Digestyc) del Ministerio de Economía (Minec).
En el 2008, Manuela, Guadalupe y Teodora, tres mujeres que vivían en situación de pobreza, fueron condenadas a 30 años de cárcel como resultado de la penalización absoluta del aborto. Guadalupe es la primera mujer que recupera su libertad vía indulto, en el 2015. Teodora recuperaría su libertad en el 2018, vía conmutación de la pena.
Manuela era una mujer rural. No sabía leer ni escribir. Era la mamá de dos hijos: uno de 9 y otro de 7 años. Jefa de familia, pues su esposo les había abandonado. Nunca tuvo acceso a educación formal o a información de servicios de salud reproductiva. Su situación económica era precaria. Entre 2006 y 2007, de acuerdo con lo documentado por las organizaciones que colitigaron su caso, comenzó a experimentar fuertes dolores de cabeza, náuseas, cansancio y dolores generalizados. Para averiguar qué tenía, pasaba consulta en centros públicos de salud, en los cuales no practicaron los exámenes que hubieran permitido detectar y tratar el linfoma de Hodgkin, que finalmente le provocó la muerte.
Para el 2008, tuvo un parto en la letrina del hogar que compartía con su mamá, papá e hijos. Este derivó en una emergencia obstétrica. Durante esa complicación de salud, Manuela perdió la conciencia por lo que su familia buscó ayuda para llevarla al hospital más cercano: ubicado a poco más dos horas de distancia, en vehículo. En el Hospital Nacional de San Francisco Gotera, la esposaron a la cama y la interrogaron, sin haber recibido atención médica, por ser sospechosa de haber abortado. Por otro lado, su familia también fue fuertemente interpelada por las autoridades y rechazada en la comunidad por la acusación contra Manuela.
El padre de Manuela, quien no sabía leer ni escribir, fue obligado a firmar, con su huella digital, un documento. Después se enteraría de que era una declaración en contra de su hija, en la que él la acusaba de haber cometido un delito.
En ese mismo hospital, Manuela fue diagnosticada con anemia secundaria y preclampsia grave postparto.
Durante el proceso judicial no se le permitió hablar ni defenderse. Fue condenada a 30 años de cárcel por el delito de homicidio agravado. La sentencia se basó en estereotipos y roles de género. Tanto representantes de la Fiscalía General de la República como los jueces que integraron el Tribunal de Sentencia que la condenó consideraron que, debido al “instinto maternal”, ella debió haber buscado atención médica y auxilio para el producto durante y después de la labor de parto. También la acusaron de haber tenido una relación extramarital y estar escondiendo el producto de una supuesta “infidelidad». Ante esta condena, el abogado público del caso, Milton Evelio Amaya Díaz, no presentó ningún recurso para revertir la pena.
En el documento Caso de Manuela vs. El Salvador, se expone que “mientras estuvo en la cárcel, adelgazó cerca de 13 kilogramos [casi 29 libras] y su pérdida de cabello era evidente. Sin embargo, sólo se le proporcionaron analgésicos. Casi un año después, fue diagnosticada con un tipo de cáncer denominado linfoma de Hodgkin. La quimioterapia que requería fue brindada tardíamente y de forma inconsistente. Manuela fue forzada a sufrir los efectos de la quimioterapia en su celda, en condiciones de hacinamiento. Cuando su estado de salud empeoró, fue llevada a un hospital donde permaneció engrilletada a la cama y custodiada por un agente policial durante tres meses. Finalmente, la falta de un tratamiento adecuado para el cáncer acabó con su vida y falleció el 30 de abril de 2010, dejando huérfanos a sus dos hijos y en una precaria situación económica a su familia que tenía muy pocos recursos para asumir el cuidado de ellos.”
Tras haber enfrentado estas violencias estructurales y sistemáticas por parte del Estado, la familia de Manuela sentía desconfianza de que la Agrupación le ofreciera una representación legal y gratuita. En la primera visita que realizaron, encontraron a la familia reacia, principalmente la mamá, debido a la forma en la que habían capturado injustamente a su hija. Después de que engañaran a su esposo y padre de Manuela «para que colocara sus huellas en una declaración fraudulenta» (denuncia) y otro documento que resultó ser una partida de defunción, en la cual habían puesto un nombre al feto, ella desconfiaba de todas las personas.
A esto sumaba que se “sentían muy golpeados” porque en la comunidad se encontraban con el estigma de que su hija era una “asesina”. Tenían mucho miedo. Morena Herrera recuerda que, poco a poco, construyeron una relación de confianza. Para Angélica Rivas, una vez les explicaron cómo encontraron la historia de Manuela, su búsqueda y su convicción de que ella era inocente, la familia mostró apertura.
La familia de Manuela solicitó a las organizaciones que el nombre de su hija quedara limpio porque no era una “asesina». “Querían que hiciéramos el esfuerzo de comunicar que Manuela era inocente. Ahí fue donde contactamos a las compañeras del Centro de Derechos Reproductivos. Nos dijeron: ¡Sí! Las apoyamos.” La institución al conocer los detalles del caso indicó que se podía requerir una revisión post mortem. Este recurso permite reexaminar el juicio y la posibilidad de declarar la inocencia de Manuela aunque ella ya hubiera fallecido, explica Morena Herrera. La familia estuvo de acuerdo en comenzar un litigio porque sabían que Manuela era inocente, que había sufrido mucho y que toda la familia atravesó una situación injusta, recuerda Rivas.
Manuela versus el Estado salvadoreño
Para 2011, la Agrupación Ciudadana y la Colectiva Feminista solicitaron la revisión de sentencia, pero esta fue rechazada. Es así que el 21 de marzo de 2012, en nombre de Manuela y su familia, la Colectiva Feminista, el Centro de Derechos Reproductivos, con el acompañamiento de la Agrupación Ciudadana presentaron la “Demanda 424-12 Manuela y Familia. El Salvador” ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Se demandó al Estado salvadoreño por las violaciones a los derechos humanos de Manuela, sus dos hijos, su mamá y su papá.
En la investigación del Hospital a la Cárcel, 3era edición se sostiene que el objetivo perseguido con la demanda es restaurar la dignidad de Manuela aunque sea después de su muerte, así como las de sus familiares y promover medidas de no repetición para que otras mujeres no se enfrenten a situaciones similares.
Para el caso se conformó un equipo integral que reunió el conocimiento profundo del contexto local y la basta experiencia del trabajo en el Sistema Interamericano de Derechos, explica Edward Pérez, del equipo jurídico del Centro de Derechos Reproductivos. Para el abogado, la historia de Manuela evidencia la práctica estatal y andamiaje institucional dirigido a criminalizar a la mujeres que han sufrido emergencias obstétricas, adjudicándoles el delito de aborto, según el Código Penal salvadoreño, a quienes, eventualmente cambian el delito a Homicidio Agravado y son condenadas a penas hasta de 40 años, como en el caso de María Teresa.
En el 2016, un año antes de que la CIDH admitiera el caso, María Teresa, Mirna, María M., Elsy M., Flor y Gloria recuperarían su libertad. Para el 2017, además de marcar un precedente histórico con la admisión del caso, la Agrupación logró que tres mujeres más recuperaran su libertad: Johana, Glenda y Kenia se reencontraron con sus familias después de estar 8, 9 y 10 años, respectivamente, privadas de su libertad.
Para el 2019, la CIDH decidió someter el caso ante la Corte IDH. Para la Colectiva Feminista, la llegada de este caso representó “la primera oportunidad para que ese tribunal se pronunciara sobre las violaciones a los derechos de las mujeres criminalizadas por emergencias obstétricas, el rol del secreto profesional del personal médico en contextos de criminalización y el peso de los estereotipos de género en el acceso a la justicia de mujeres en situaciones vulnerables.”
Para ese mismo 2019, después de impulsar distintos recursos legales, la Agrupación también marcó otro hito: siete mujeres más recuperarían su libertad y lograrían que una fuera declarada inocente de homicidio agravado en grado de tentativa.
Manuela y los grupos antiderechos
Los grupos antiderechos lanzaron una campaña para desprestigiar el caso de Manuela y la demanda ante la Corte IDH en el 2019. Publicaron dos documentos, un artículo de opinión y una serie documental. Exponían a Manuela y a otras mujeres criminalizadas, así como a sus familiares, al publicar sus nombres completos, lugar de residencia, entre otra información sensible y privada; y, presentaban a las organizaciones defensoras de los derechos de estas mujeres como promotoras del aborto. Esto pese a que la Corte IDH prohíbe publicar el nombre real de Manuela.
Esto es grave, en palabras de Alberto Romero, integrante de la Agrupación Ciudadana, ya que expusieron a las mujeres y a sus familiares. Lo anterior supone un acoso, discriminación, estigmatización y revictimización para quienes estaban en la cárcel, para quienes han recuperado su libertad y para sus familiares. En el caso de Manuela, los ataques de los antiderechos se intensificaron a medida que el proceso avanzó ante la Corte IDH. Para ello se coaligaron con sus pares de América Latina, Europa y Estados Unidos.
Él concluye que estas publicaciones pretendían deslegitimar acciones legales en defensa de las mujeres como los indultos y conmutaciones ya que no reconocen los errores de las sentencias y las violaciones de derechos humanos durante el proceso jurídico. Tampoco analizan las desigualdades estructurales de las mujeres cuando experimentaron las emergencias obstétricas y complicaciones de salud. Mientras que las campañas y otras acciones construyen un relato basado en prejuicios y estigmatización, carente de evidencia científica.
Voz: Alberto Romero, Agrupación Ciudadana por la Despernalización del Aborto. Entrevista por: Fátima Cruz.Ilustración: Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto/ Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.
Enfrentarse al Estado salvadoreño
Marzo del 2021. La Audiencia Pública del Caso Manuela y otros Vs. El Salvador permitió describir cómo el Estado salvadoreño violó los derechos de Manuela. Durante las sesiones realizadas el 10 y 11 de marzo, la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto y el Centro de Derechos Reproductivos deslucidaron el contexto estructural de persecución hacia las mujeres que sufren emergencias obstétricas, mismo que se deriva en la prohibición absoluta del aborto, en vigor desde 1998; y la situación socioeconómica de Manuela y su famila.
Retrataron la ruta médica de Manuela desde 2007 a 2010. El perito, doctor y perinatólogo Guillermo Ortiz, explicó que el sistema de salud se enfocó en denunciarla y no en brindarle una asistencia integral de salud.
Respecto a su situación jurídica, demostraron violaciones al derecho al debido proceso, los estereotipos de género empleados a lo largo del juicio y cómo la familia de Manuela fue víctima de maltrato por policías y personal de instituciones públicas, quienes además se aprovecharon de que no sabían leer ni escribir.
Durante la audiencia, existió mucha solidaridad de instituciones de la sociedad civil a nivel mundial, destaca Edwar Pérez. “Más de 40 organizaciones presentaron escritos apoyando a Manuela, respaldando las propuestas que se llevaron desde El Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva. Además, enfatizaron que se deben de resolver los problemas estructurales asociados a la prohibición absoluta del aborto para que casos como el de Manuela no se vuelvan a repetir”.
El primer día de la audiencia el hashtag #ManuelaJusticiaYEsperanza fue tendencia y se posicionó a nivel mundial en Twitter.
La maquinaria de los antiderechos también se activó: cinco organizaciones de Europa, vinculados a círculos conservadores de Estados Unidos, respaldaron al Estado salvadoreño por primera vez ante una audiencia en la Corte IDH. Esto de acuerdo a una investigación periodística publicada en diciembre de 2021 por openDemocracy.
El Estado salvadoreño negó el contexto al que las organizaciones hicieron referencia asegurando que la discriminación y violencia de género no son parte de las políticas de Estado. Aseguraron que cumplieron garantías y procesos antes y después de que Manuela fuera privada de libertad.
“Hay que hacer notar que el Estado de El Salvador, en sus respuestas, no reconocía la responsabilidad del caso. Al contrario, consideraron que su actuación fue diligente y que la muerte de Manuela fue debido al cáncer, que no era atribuible a ellos. Que actuaron según la ley. Y, omitieron cualquier tipo de argumento de la compatibilidad de las leyes respecto con las internacionales de derechos humanos”, valora Perez.
Sara García, coordinadora de incidencia política en la Agrupación Ciudadana, reflexiona que enfrentarse al Estado no solo implicó la lucha de largo aliento en el Sistema Interamericano de Derechos o en las audiencias. En diversos espacios, han librado una disputa ante la misógina y orden patriarcal en busca de una justicia feminista. Las defensoras de derechos de las mujeres han sufrido de estigmatización, acoso y se las ha acusado de apologistas del delito.
Esta batalla, que suma más de una década, ha permitido que 64 mujeres recuperen su libertad; y, posicionar en la agenda nacional la discusión sobre la despenalización del aborto en cuatro causales: salud y vida de la gestante, cuando el feto no puede sobrevivir fuera del útero y cuando el embarazo es producto de violencia sexual en mujeres, jóvenes, adolescentes y niñas. Y más importante aún que se conozcan las historias de las mujeres criminalizadas.
“Optamos por narrativas liberadoras que permitan a las personas acercarse al mundo de otras formas, sin una mirada misógina y patriarcal, que posibilite colocar al centro las historias, los sentires y los pensares de las mujeres”, alude García.
El Salvador, el primer país condenado por criminalizar emergencias obstétricas
Noviembre 2021. Por unanimidad, la Corte IDH condenó al Estado salvadoreño por violar los derechos a la vida y salud de Manuela, entre otros. Por criminalizarla de manera arbitraria al intentar acceder a los servicios de salud reproductiva, luego de experimentar una emergencia obstétrica.
«En el presente caso, no cabe duda de que Manuela sufrió una emergencia obstétrica causada por la preclampsia. La Corte resalta que las emergencias obstétricas, por tratarse de una condición médica, no pueden dar lugar automáticamente a una sanción penal».
Este fallo, histórico, crea una jurisprudencia de obligatorio cumplimiento no solo para El Salvador. Aplica para toda América Latina y el Caribe. Ninguna mujer que experimente una emergencia obstétrica y busque atención médica puede ser criminalizada. Esto de acuerdo a las garantías de NO repetición. Para ello, el Estado debe regular «el secreto profesional médico mediante una regulación adecuada y crear un protocolo para su protección en casos relacionados con emergencias obstétricas o abortos que cumpla con los estándares internacionales”.
Las investigaciones de la Agrupación, a partir de la lectura de 181 expedientes, revelan que el personal de salud es quien acusa a las mujeres de haber cometido aborto y las denuncia ante la policía. Esto viola el secreto profesional. Y guarda respuesta con el contexto de la penalización absoluta del aborto.
El Salvador también fue condenado por violar el derecho a la integridad personal, en perjuicio de la madre, el padre, el hijo mayor y el hijo menor de Manuela. Y, con un voto en contra, responsabiliza al Estado por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, a la igualdad ante la ley y a la salud, en perjuicio de Manuela.
Para Jesús, el hijo mayor de Manuela, la sentencia de la Corte IDH permite devolverle la justicia a su madre. “El nombre de mi mamá se ha limpiado. Y me siento muy orgulloso de eso y me siento dichoso de ser hijo [de Manuela]”.
La Corte IDH también ordenó al Estado cumplir medidas de satisfacción para Manuela, su padre, madre e hijos: hacer pública la sentencia en el Diario oficial y que esta sea redactada en un formato comprensible para la familia y para quienes no tienen acceso a educación formal en un plazo de seis meses. Es decir, para este mayo de 2022. Además, el Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y brindar disculpas públicas respecto al caso y transmitirlo en medios de comunicación, como en portales digitales del Ministerio de Salud y Seguridad. Para ello tiene como plazo un año, que vence el próximo noviembre. Así como otorgar becas estudiantiles para los hijos de Manuela, quienes deben presentar su interés para estudiar.
El ente internacional también manda al Estado medidas de rehabilitación, luego de constatar “graves afectaciones a la integridad física que los hechos del presente caso tuvieron sobre los padres de Manuela”. Por tanto, considera que el Estado debe brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico vitalicio y gratuito. Para ello, otorga un plazo de 18 meses para que los padres notifiquen el centro donde recibirán la asistencia.
El Tribunal consideró que en dos años, el Estado debe tener una clara regulación sobre los alcances del secreto profesional médico, la protección de la historia clínica y sus excepciones. Respecto a la detención preventiva manda a que esta se ajuste a estándares relativos de la misma contemplados en la jurisprudencia de la Corte, en un plazo de dos años.
Con respecto a la capacitación y sensibilización de funcionarios públicos, exige la formación necesaria para eliminar estereotipos discriminatorios sobre el rol de las mujeres en las decisiones judiciales. Conforme al caso, la Corte acreditó que la pena impuesta a Manuela responde que el Estado no cuenta las mismas en particular hacia las mujeres en el período perinatal por lo tanto se debe reformar la legislación penal en un plazo de dos años.
Respecto a estas obligaciones han existido pocos cumplimientos. Morena Herrera comenta que, a finales de febrero de 2022, mediante comunicación privada con el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño, el Estado reconoció la sentencia, a la familia de Manuela como víctima de violaciones de derechos humanos y a las organizaciones como representantes de los familiares. En el marco de las medidas, desde febrero, El Estado inició el proceso de atención médica a la familia de Manuela y la búsqueda de alternativas educativas para los hijos. En relación con las garantías de NO repetición no hay avances.
Las defensoras de derechos y representantes del equipo jurídico concuerdan que para lograr esta sentencia fue primordial el empuje, la fuerza y la valentía de la familia de Manuela para buscar justicia hasta la última instancia.
Para Morena Herrera, Manuela es justicia y esperanza para las mujeres salvadoreñas y las América Latina, ya que el tribunal reconoció que en El Salvador existe una criminalización de las emergencias obstétricas a raíz de la penalización absoluta del aborto. Este fenómeno afecta, como los expedientes revelan, en su mayoría a mujeres que viven en situación de pobreza, en zonas rurales y con bajos niveles de escolaridad.
Voz: Edward Pérez, Centro de Derechos Reproductivos. Entrevista por: Fátima Cruz. Ilustración: Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto/ Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.
En diciembre de 2021, cuando el fallo se hizo público, la Agrupación celebró por partida doble: otras tres mujeres fueron liberadas y se reencontraron con sus familias. A la fecha, cuatro aún están privadas de libertad. Para Morena Herrera el trabajo continuará hasta que todas recuperen la libertad y ni una mujer más sea criminalizada y/o condenada por experimentar emergencias obstétricas. Asimismo porque se garantice el derecho a la salud y vida de las mujeres gestantes. Por ello, recuerda que El Salvador enfrentará una nueva batalla legal ante la Corte IDH por el caso de Beatriz, una mujer que vivía con lupus eritematoso sistémico, agravado con nefropatía lúpica y artritis reumatoidea. A ella, en febrero de 2013 le confirmaron un embarazo de 11 semanas, catalogado de alto riesgo por su condición de salud. El diagnóstico confirmaba, además, condiciones del feto incompatibles con la vida. Aunque la recomendación médica indicaba la interrupción del embarazo, las autoridades impidieron la realización oportuna de este procedimiento. Esto deterioró más su salud. El caso de Beatriz escaló al Sistema Interamericano de Derechos Humanos para que le fuera practicada una cesárea.
Esta será la segunda vez que el gobierno presidido por Nayib Bukele enfrente un juicio internacional relacionado con la no garantía de los derechos reproductivos de las mujeres.
*El Estado salvadoreño debe presentar el informe de ejecución de la sentencia finalizando noviembre del presente año. Las organizaciones hacen un llamado a ser vigilantes de la implementación, según lo establecido en la sentencia emitida el 2 de noviembre 2021*.
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“Esta publicación ha sido elaborada con el apoyo financiero de la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva de Revista La Brújula y no necesariamente refleja los puntos de vista de la Unión Europea”.
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