CIDH exhorta al Estado salvadoreño a poner fin a “criminalización absoluta” del aborto

Por Josseline Roca 

En el informe, la Comisión señaló que durante su visita al país centroamericano observó que, en la totalidad de los casos conocidos, se aprecian indicios de posibles violaciones al debido proceso, como vulneraciones al principio de presunción de inocencia de mujeres que se enfrentan a una restrictiva ley que penaliza de manera absoluta el aborto.

En El Salvador, las mujeres procesadas tras enfrentar emergencias obstétricas enfrentan discriminación por parte de todo el sistema de justicia y existen indicios de violaciones al debido proceso, ha concluido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su más reciente informe sobre la situación de los derechos humanos en este país centroamericano.

La Comisión señala, entre las irregularidades, violaciones al principio de presunción de inocencia, imposibilidad de las mujeres procesadas para defenderse, posibles incumplimientos al principio de la proporcionalidad de la pena, sentencias dictadas sin pruebas científicas concluyentes y “juicios permeados por estereotipos de género discriminatorios contra ellas, por su condición de mujeres”. Además, afirma que existe contradicción a los principios del secreto médico profesional, debido a que son reportadas por el personal de salud como consecuencia de la penalización absoluta del aborto.

En su visita al Centro de Detención del Menor de Izalco, al occidente de El Salvador, la CIDH conoció las historias de 13 mujeres condenadas después de una emergencia obstétrica. Una de ellas recibió una pena de 30 años de cárcel  por homicidio agravado, tras tener un parto extrahospitalario, pese a que en el momento de los hechos solicitó atención al número de emergencias 911 y no obtuvo respuesta.

La delegación de la CIDH también escuchó a mujeres que fueron liberadas al ser revisada o conmutada su pena, como resultado del acompañamiento de organizaciones defensoras de derechos humanos, y advirtió que las condenas impuestas produjeron rompimiento de sus lazos familiares, entre otros graves impactos.

“La Comisión reitera, de forma enfática, su llamado al Estado salvadoreño a tomar las medidas necesarias para emprender un moratorio a la aplicación del artículo 133 del Código Penal, a revisar detenidamente las condenas en cada uno los casos relacionados con emergencias obstétricas, en miras a asegurar juicios justos, libres de estereotipos y en cabal cumplimiento con las reglas del debido proceso”, exhorta la CIDH.

El organismo llama a revisar cada uno de los casos y “a poner fin a la criminalización total del aborto en el país”, debido a que tal medida “resulta contraria a las obligaciones internacionales que tiene el Estado de respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la integridad”.

Desde 1998 hasta 2019, 181 mujeres han sido procesadas tras enfrentar emergencias obstétricas, de las que al menos 14 continuaban privadas de la libertad para enero de 2020, según datos de organizaciones sociales citados por la Comisión.

La Procuraduría para la Defensa de Derechos Humanos sostiene que, de acuerdo a sus indagaciones, no existen casos de mujeres condenadas por aborto, sino por homicidio. Organizaciones afirman que, al menos, 74 mujeres que han sufrido complicaciones obstétricas fueron condenadas por homicidio agravado y sentenciadas hasta 40 años de cárcel, con base en la sospecha de haberse inducido un aborto.

La CIDH también alerta sobre las consecuencias que los embarazos impuestos, producto de violaciones sexuales, tienen en la vida de niñas y adolescentes. Según el informe, entre  2011 y 2018, al menos 32 mujeres embarazadas se habrían suicidado en El Salvador, de las que un tercio serían niñas y adolescentes.

En el documento, también se refiere a las mujeres fallecidas a causa de padecimientos crónicos que pudieron haber sido tratados. De acuerdo con los datos con los que cuentan, 36 mujeres habrían fallecido por enfermedades crónicas prevenibles y otras 13 por embarazos ectópicos. “Dichas muertes podrían haber sido prevenidas si las mujeres hubieran tenido la posibilidad de interrumpir legalmente sus embarazos inseguros, situación  impedida debido a la legislación vigente en el país que criminaliza el aborto en todas circunstancias”, señala.

El Salvador es parte de la lista de países -junto a Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití- que prohíben la interrupción del embarazo en todas sus formas. El movimiento feminista mantiene la exigencia de que se despenalice el aborto en circunstancias en las que la salud y vida de las mujeres gestantes esté en riesgo, cuando el embarazo sea producto de una violación sexual o la vida del feto sea inviable fuera del útero.

Recientemente la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa, de mayoría oficialista, emitió un dictamen desfavorable a la propuesta de reforma al artículo 133 del Código Penal, Reforma Beatriz, presentada por feministas y defensoras de derechos humanos. La moción de desestimar la iniciativa fue aprobada en el pleno, cerrando -por ahora- el debate legislativo sobre el tema.

En tanto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene en sus manos el caso de Manuela, una salvadoreña que enfrentó emergencia obstétrica, fue condenada por homicidio agravado y murió, mientras cumplía condena de 30 años de prisión, al no recibir un tratamiento médico oportuno. El caso Manuela y otros vs. El Salvador ha entrado a su fase final. Se trata de un proceso emblemático y el primero de su tipo que llega a esta instancia.

Familiares y organizaciones esperan que la resolución sea favorable para la memoria de Manuela y siente precedentes para evitar que más mujeres sean criminalizadas luego de enfrentar emergencias obstétricas. 

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